El tratamiento subrepticio o “camuflado” en pacientes con trastorno mental grave
Los medicamentos que el paciente debe tomar, así como el número de tomas y las dosis, deben ser siempre pautados por un médico. El profesional, en este caso el psiquiatra, se encargará de controlar el efecto de la medicación, y explicar a la familia y al paciente los efectos positivos esperables, así como los efectos no deseados que puedan aparecer.
Por términos generales, el médico es responsable de realizar una pauta farmacológica ordenada e higienizada. Es decir, el médico prescriptor debe facilitar las tomas al paciente y adecuarla a la vida y al funcionamiento de la persona. Por ello, la praxis más correcta gira en torno a:
- Utilizar la mínima dosis eficaz.
- Intentar dar el menor número de tomas.
- Utilizar formulaciones de liberación retardada o formulaciones intramusculares de liberación sostenida.
Estos términos ayudan a la relación médico y paciente y a la adherencia terapéutica que es fundamental en el tratamiento de personas con desórdenes psicológicos, y trastorno mental con independencia de la gravedad de la enfermedad psíquica padecida.
No es recomendable que la familia altere las normas de prescripción. Es recomendable que estas normas sean respetadas por la familia y que tanto paciente y familia puedan consultas las dudas o las incertidumbres con el médico prescriptor. La familia no debería interrumpir la medicación, ni modificar la dosis por su cuenta y riesgo y la familia debería asumir la responsabilidad de informar al médico prescriptor ante cualquier evento que llame la atención para dar seguridad y continuidad a los mejores intereses terapéuticos de mejoría.
En caso de que el paciente no quiera tomar la medicación pautada, la familia comunicará esta situación al médico prescriptor, y de forma conjunta se decidirá cómo resolver este problema tras un análisis de todas las dimensiones de enfermedad, de personalidad y de entorno.
Tratamiento subrepticio, medicación «camuflada»
Plantearse la posibilidad de dar medicación al paciente de forma subrepticia, sin que éste se entere (camuflada en comida o bebida) es una alternativa que tiene su riesgo el cual habrá que valorar; llevarla a cabo dependerá de la situación clínica y las características del paciente.
La orientación diagnóstica del caso es la de una persona padece una psicosis con ideas delirantes paranoides, sin ninguna conciencia de enfermedad y sin capacidad para comprender, razonar y apreciar la necesidad de tratamiento. Por lo tanto, clínicamente podemos considerarle incapaz para rechazar el tratamiento.
De acuerdo con los criterios sobre actuaciones en caso de capacidad mental disminuida o ausente, tendremos que tomar decisiones en el mejor interés del paciente, adoptando las medidas menos restrictivas de sus derechos y de su libertad de decisión.
PROTEGEMOS LA SALUD MENTAL DE LOS TUYOS DESDE HACE 9 AÑOS
SESIONES PRESENCIALES Y TAMBIÉN ONLINE
Conviene recordar aquí que El tratamiento subrepticio o “camuflado” en pacientes con trastorno mental grave es una “medida terapéutica excepcional” no exenta de peligro y solo deberá tomarse en situaciones extremas. Nunca debe convertirse en “regla”. En casos concretos existe la posibilidad de informar a fiscalía de la valoración judicial de instaurar un Tratamiento Ambulatorio Involuntario (TAI).
La excepción puede confirmar la regla, pero no convertirse en norma, puesto que la experiencia profesional nos dice que la decisión de dar tratamiento subrepticio en el largo plazo en un paciente, no es una solución deseable, ni recomendable, por lo que, en caso de darse este tipo de situación, sería necesario valorar otras opciones terapéuticas más deseables.
Dr. Miguel Ángel Harto. Psiquiatra de IVANE SALUD.
Unidad de Salud Mental y Psiquiatría Hospitalaria en Hospital Vithas Valencia al Mar.
Clínica de Desintoxicación y Patología Dual en Hospital Vithas Aguas Vivas.